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Pasaporte - Tramite de emision

Emitido por el Ministerio del Interior, a través del Registro Nacional de las Personas, en todas las Oficinas Digitales del país o Centros de Documentación Rápida en los que tramitas tu DNI habitualmente.

REQUISITOS GENERALES

El único requisito indispensable para todos lo que deseen tramitar su Nuevo Pasaporte Electrónico es presentarse con el Documento Nacional de Identidad. Recorda que en el caso que aún no cuentes con el Nuevo DNI digital, en el mismo momento que tramitas tu Nuevo pasaporte electrónico, se te tomará el trámite para obtener el Nuevo DNI. No aceptes nunca la intervención de intermediarios, gestores ni terceros que te engañen. Todos los trámites son personales y no debes abonar ningún otro importe a terceros, antes o después de la toma del trámite en una oficina habilitada.  

¿DONDE LO TRAMITO?

En todas las oficinas digitales de Registro Civil del País.
Solicitud de turnos On-Line: http://www.mininterior.gov.ar/pasaporte/turnos.php

 

SOLICITUD DE NUEVO PASAPORTE POR PRIMERA VEZ

Argentinos mayores de edad

Exhibir el Documento Nacional de Identidad en vigencia. Argentinos menores de edad y/o quienes no hayan efectuado la actualización obligatoria de DNI al llegar a los 16 años: Exhibir el Documento Nacional de Identidad. Concurrir acompañado de un mayor que ejerza la patria potestad, quien deberá exhibir su Documento Nacional de Identidad en vigencia. Partida de nacimiento (certificada) o acta de reconocimiento, o adopción si correspondiera. En caso de no ser acompañado por un mayor que ejerza la patria potestad, tutela o curatela, quien deberá dejar constancia expresa de su ejercicio, se deberá presentar copia autenticada de autorización Judicial o poder otorgado por escribano público, de la cual surja el permiso o consentimiento.  

DUPLICADOS/NUEVOS EJEMPLARES DE PASAPORTES

Exhibir el Documento Nacional de Identidad. En caso de poseerlo, llevar pasaporte actual, el que será inutilizado y devuelto a su titular en todos los casos, preservando el/los visados que tuviera. Si el motivo de la solicitud del nuevo ejemplar del pasaporte es una variación de nombre/s, apellido/s; y/o cualquier otro dato filiatorio, deberás presentar el acta o partida mediante la cual se produjo la modificación.  

CASOS ESPECIALES

Personas incapaces:

Documento Nacional de Identidad Testimonio judicial de la designación de la persona que ejerza la tutela o curatela, salvo en el supuesto que la misma hubiere sido asumida por ministerio de la Ley. La obtención del pasaporte por aquellos ciudadanos sujetos a patria potestad, tutela o curatela estará condicionada al consentimiento expreso, de la persona u órgano que tenga asignado su ejercicio o, en defecto de esta, del órgano judicial competente. En caso de no estar presente quien ejerza la patria potestad, tutela o curatela, quien deberá dejar constancia expresa de su ejercicio, el denunciante deberá presentar copia autenticada de autorización Judicial o poder otorgado por escribano público, de la cual surja el permiso o consentimiento. RECTIFICACIONES DE PASAPORTES

Cuando se trate de modificaciones en tus datos filiatorios:

Exhibir el Documento Nacional de Identidad Cuando se soliciten rectificaciones del nombre/s, apellido/s, lugar o fecha de nacimiento u otros datos de filiación, será indispensable la presentación, según sea el caso, del acta o testimonio de la sentencia de Reconocimiento o Adopción, por ejemplo, o la partida de Nacimiento rectificada (certificada) en la que consten los datos modificados. Cuando se trate de una rectificación por errores u omisiones:

Cuando se soliciten rectificaciones del nombre/s, apellido/s, lugar o fecha de nacimiento u otros datos de filiación, será indispensable la presentación del Documento Nacional de Identidad. Rectificación de Oficio o a Solicitud de Interesado:

Cuando se comprobaran diferencias con respecto a los datos que se acompañaron al momento de la toma del trámite, o errores visibles en la confección o impresión, se inutilizará el documento defectuoso y se confeccionará uno nuevo SIN CARGO, siempre que la circunstancia se denuncie dentro de los NOVENTA (90) días corridos de haber sido entregado dicho documento y siempre que éste no hubiere sido utilizado para viajar. En caso contrario se efectuarán las rectificaciones con cargo al solicitante.  

Si tu pasaporte se encuentra vigente y en buen estado no es necesario cambiar tu actual pasaporte.

Solamente vence en la fecha que consta en la hoja impresa con tus datos.

El Nuevo Pasaporte Electrónico, al igual que el Nuevo DNI, se entrega en el domicilio del titular, dentro de los 15 días de haberse tramitado en las oficinas digitales o Centros de Documentación Rápida de todo el país.

 

¿El Nº de Pasaporte Electrónico es el mismo Nº que el de mi DNI o mi Pasaporte anterior?NO. Siguiendo estándares internacionales de seguridad, todo Pasaporte electrónico adopta una identificación única e irrepetible para cada soporte de libreta emitida. En nuestro caso, es una identificación compuesta por tres (3) letras y seis (6) números, abandonando para los nuevos pasaportes electrónicos la aplicación del Nº de DNI para el pasaporte argentino. Lo encontrás fácilmente en el pie de la primera página, en la hoja de datos y perforado en las hojas de tu pasaporte.

¿Puedo tramitar el Nuevo Pasaporte Electrónico en las oficinas que se encuentran en shoppings y centros comerciales? SI. La única diferencia es que en esas oficinas, el trámite de pasaporte tiene un arancel adicional de $ 100.

 Si extravío, pierdo, me roban o hurtan el Pasaporte, ¿debo solicitar un nuevo Pasaporte? SI. Debés presentarte con tu DNI a tramitarlo lo antes posible.

¿El Nuevo Pasaporte Electrónico tiene vencimiento? SI, como todos los Pasaportes emitidos por el Registro Nacional de las Personas, dependiente del Ministerio del Interior y Tansporte, el Nuevo Pasaporte Electrónico vence a los 10 años desde su fecha de emisión.

¿Debo pagar por recibir el Nuevo Pasaporte Electrónico en mi domicilio? NO. La entrega del Nuevo Pasaporte Electrónico en tu domicilio no tiene costo adicional. Está incluida en el costo del mismo.

Si no estoy en mi domicilio en el momento que me entregan el Nuevo Pasaporte Electrónico, ¿lo puede recibir otra persona? SI. Cualquier persona mayor de 18 años edad puede recibir tu Nuevo Pasaporte Electrónico en el domicilio indicado, siempre que exhiba ante el cartero la constancia de Nuevo Pasaporte en trámite y un documento que indique su identidad.

Si no hay nadie en mi domicilio para recibir el Nuevo Pasaporte Electrónico, ¿adónde debo dirigirme para retirarlo? A la oficina del Correo Argentino u OCA más próxima a tu domicilio. Allí tendrán en guarda tu Nuevo Pasaporte para entregártelo en caso que no haya sido posible entregarlo en tu domicilio. Podés ingresar a www.mininterior.gov.ar y consultar el estado de la entrega de tu Pasaporte Electrónico.

¿Cuánto tiempo dispongo para retirar el Nuevo Pasaporte Electrónico de la oficina del Correo? La oficina del Correo tendrá en guarda el Nuevo Pasaporte Electrónico por un plazo de 90 días corridos.

 ¿Cuándo no es posible emitir un Nuevo Pasaporte Electrónico a un ciudadano argentino?Todos los ciudadanos argentinos tienen derecho a obtener el Nuevo Pasaporte siempre que NO se encuentren en alguno de los siguientes casos:

-Haber sido condenado a penas o medidas de seguridad que conlleven la privación o limitación de su libertad de residencia o de movimientos (mientras no se hayan extinguido) SALVO que obtengan autorización del órgano judicial competente.

-Cuando la autoridad judicial haya prohibido su expedición o la salida del país respecto al interesado que se halle inculpado en un proceso penal.

Para más información, dirigirse al sitio web del Ministerio del Interior: www.mininterior.gov.ar , ó comunicarse al 0800-9999-364 de lunes a viernes de 8 a 20 hs.